Los diputados Jorge Álvarez Máynez, Salomón Chertorivski Woldenberg y Braulio López Ochoa Mijares, de MC, presentaron una iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y de la Ley General de Cambio Climático, en materia de uso de la bicicleta y vehículos no motorizados, para promover su uso.
La propuesta adiciona la fracción XI al artículo 9 de la Ley del IVA, para establecer que no se pagará el impuesto en la enajenación cuando se trate de bicicletas, bicicletas eléctricas, triciclos, patines, patinetas o cualquier otro vehículo de propulsión humana o de impulso eléctrico o asistido que utilice cualquier otro tipo de energía o asistencia, que proporcione una potencia continua normal igual o menor a 1 KW (1.34HP).
Reforma la fracción XIV del artículo 151 Ley del ISR, para precisar que las personas físicas podrán deducir los gastos realizados por la compra de los citados vehículos, en la parte en que no excedan del salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año.
Cambio climático
Además, adiciona la fracción XII Bis del artículo 33 y reforma las fracciones VII y VIII del artículo 82 de la Ley General de Cambio Climático para que como parte de los objetivos de las políticas públicas para la mitigación del cambio climático se promueva y fomente, mediante programas, políticas y/o los subsidios gubernamentales establecidos en el artículo 83 de esta Ley, el uso de esos vehículos.
Añade que los recursos para apoyar la implementación de acciones para enfrentar los efectos adversos del cambio climático se destinarán a subsidios gubernamentales equivalentes para su adquisición.
Opinan que faltan incentivos para que las personas modifiquen sus hábitos de movilidad diaria a una basada en la utilización de la bicicleta tradicional, vehículos de propulsión humana o bien vehículos eléctricos de pequeña potencia.